- Del 13 al 16 de diciembre de 2024
I. OBJETO DE LA PROMOCIÓN
NB CRACIÓN, INNOVACIÓN Y GESTIÓN, S.L., con domicilio fiscal y administrativo en C/ Falconera, nº9-11 de 46727 Real de Gandía (Valencia) España, con NIF Nº B-40599854, comercializador en España de productos alimenticios, a través de máquinas de vending, (en adelante, el “Organizador” O “TEIKA”), junto con FERRERO IBÉRICA, S.A, con domicilio fiscal y administrativo en WTC Almeda Park, Plaça de la Pau s/n Edificio 2, Planta 3ª, 08940 Cornellà de Llobregat (Barcelona) España, con NIF nº A-58536111, comercializador en España de productos alimenticios, relacionados con la chocolatería, confitería y pastelería (en adelante, el “Organizador o “FERRERO”),ha puesto en marcha la promoción TEIKA & MEGAPACKS KINDER BUENO® (en adelante la “Promoción”) para promocionar las marcas Teika® y Kinder Bueno® en España.
II. ÁMBITO TERRITORIAL Y TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN
2.1. Ámbito Territorial: España (todo el territorio nacional).
2.2 Ámbito de Aplicación: La Promoción está dirigida a aquellas personas físicas mayores de dieciocho (18) años residentes en España y que sean seguidores de las cuentas oficiales de Teika® y Kinder Bueno España®, respectivamente, en las redes sociales X e Instagram.
2.3. Ámbito temporal general: Ámbito Temporal general: la Promoción iniciará el 13 de diciembre de 2024 y finalizará el 16 de diciembre de 2024.
III. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN
3.1. La participación en la presente Promoción es de carácter gratuito y está dirigida a aquellas personas físicas de dieciocho (18) años o más que, se encuentren registrados en las plataformas X e Instagram y residan en España.
3.2. En particular, TEIKA se reserva el derecho a descalificar a cualquier participante que manipule los procedimientos de registro y/o que viole cualquiera de las bases contenidas en el presente documento. Asimismo, TEIKA también se reserva el derecho a verificar por cualquier procedimiento que estime apropiado que el ganador cumple con todos los requisitos de este documento y que los datos que proporcione a TEIKA son exactos y verídicos. Entre otras cuestiones, TEIKA podrá pedir documentación a los participantes para que acrediten el cumplimiento de los requisitos para participar. La no aportación de esta documentación podrá dar lugar a la descalificación del participante requerido.
3.3. Quedan excluidos de esta Promoción los propietarios, empleados, y otros colaboradores de TEIKA que hayan participado en el desarrollo y gestión de la presente Promoción, así como sus respectivos familiares ascendientes, descendientes, cónyuges o parejas de hecho. Asimismo, el organizador se reserva el derecho a evitar que sobre esta Promoción se establezcan sistemas de especulación o de negocios, en cuyo caso, podrá ejercer aquellas acciones legales que estime oportunas.
3.4. TEIKA descartará aquellas participaciones que sean abusivas o fraudulentas. Se entenderá, a título enunciativo, pero no limitativo, que se produce fraude cuando se detecta el supuesto uso de aplicaciones independientes al sitio de la Promoción; el abuso de consultas al servidor y todos aquellos comportamientos que puedan resultar aparentemente abusivos y/o malintencionados. La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante la Promoción supondrá la descalificación automática, así como la pérdida de los Premios si se le hubiere otorgado.
3.5. Si se detecta que cualquiera de las publicaciones propuestas, a juicio de TEIKA, atenta contra el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar, a la propia imagen, al respeto a la dignidad de la persona, al principio de no discriminación por motivos de raza, sexo, religión, opinión, nacionalidad, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal o social o a la buena fe y/o vulneren cualquier elemento u objeto tutelado por derechos de exclusividad, propiedad industrial o intelectual o cualquier otro derecho de terceros, se procederá a la inmediata descalificación del usuario sin que le asista derecho de reclamación alguno. También será causa de descalificación la publicación o el intento de publicación por parte del usuario participante de cualquier contenido que a juicio de TEIKA y/o FERRERO dañe o pudiera menoscabar la reputación y buena imagen de TEIKA y/o FERRERO y/o de cualquiera de sus marcas.
3.6. TEIKA se reserva el derecho de emprender acciones judiciales contra aquellas personas que realicen cualquier tipo de acto susceptible de ser considerado manipulación o falsificación de la Promoción.
IV. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
4.1 Todas las personas que cumplan con los requisitos anteriormente mencionados, y que deseen participar en la Promoción, deberán estar atentos a las publicaciones del perfil oficial de TEIKA en X e Instagram @teika_es y proceder según se indique. Se recomienda a los participantes, si no lo hacen ya, seguir a la cuenta de @teika_es en X e Instagram.
4.2. A través de publicaciones en el feed y en stories de los perfiles en las redes sociales X e Instagram de Teika® y de Kinder Bueno® se dará a conocer, claramente y con antelación suficiente para poder participar, cuál será la concreta temática y tipo de comentarios que los participantes deberán realizar para poder optar al premio, así como la fecha del sorteo y el plazo de participación.
4.3. El participante debe realizar un comentario, mencionando a una persona en la plataforma X. Un mismo usuario podrá comentar tantas veces como desee en cada sorteo, puesto que cada comentario se contabilizará como una participación. No se admitirán intentos de participación pasado el ámbito temporal específico, esto es, el día de la celebración del sorteo en cuestión.
4.4. La(s) persona(s) mencionada(s) deberá(n) ser mayor de 18 años. Únicamente será premiado el participante que haya realizado el comentario.
4.5. Todas aquellas publicaciones que no contemplen ninguno o alguno de los puntos del apartado 4, a excepción de apartado anterior que no es obligatorio, no se tendrán en consideración a efectos de participación en la presente Promoción.
V. PREMIO
5.1. El día 15 de diciembre de 2024, a las 12 horas, entre todos los usuarios que hayan participado en el sorteo, de acuerdo con lo especificado en las presentes Bases Legales, se elegirán mediante sorteo a un (1) ganador y un suplente, a quien se les otorgará el siguiente Premio:
- Un (1) MEGAPACK DE KINDER BUENO® valorado en cincuenta y uno con treinta y cinco (51,35) euros, correspondientes a veinticinco con treinta y cinco (25,35) euros de la caja especial + veintiséis (26) euros de producto Kinder Bueno (sin considerar IVA y coste de transporte) para cada ganador. Cada Megapack contiene 25 packs de 2 unidades de Kinder Bueno y Kinder Bueno White en cantidades variadas según disponibilidad.
5.2. Se entregará un (1) MEGAPACK (en adelante, el “Premio”).
5.3. En caso de no conseguir contactar con el ganador del sorteo, el Premio será otorgado, en segunda instancia, al participante elegido como suplente
5.4. Los productos anteriormente citados en el apartado anterior podrán ser modificados por otros productos Kinder® en caso de necesidad o en función de disponibilidad de los mismos. En este sentido, Ferrero se reserva el derecho de cambiar la composición de los productos que componen el citado Premio.
5.5. En ningún caso, se aceptarán ni se gestionarán cesiones del mismo a terceros ni tendrán los participantes ganadores el derecho a recibir su valor en metálico.
VI. SELECCIÓN DE LOS GANADORES Y ENTREGA DE LOS PREMIOS
6.1. Para la selección de los ganadores, se utilizará una aplicación informática, llamada EASYPROMOS para que, de entre todos los comentarios que hayan sido publicados a raíz de la publicación en el perfil oficial de Teika y Kinder Bueno en X e Instageram, elija de forma aleatoria, un (1) ganador y 1 (1) suplente.
6.2. En el caso de que, por cualquier motivo, resultara imposible realizar el sorteo en la fecha prevista, (por ejemplo, por coincidir con un día festivo) el sorteo se realizará en el primer día hábil siguiente.
6.3. Una vez realizado el sorteo y seleccionados el ganador y el suplente, TEIKA se pondrá en contacto con el ganador (en adelante, el “Ganador”), mediante mensaje privado de X a efectos de comunicarle que ha resultado premiado y gestionar el correcto disfrute del Premio. Éste deberá comunicar a TEIKA en el plazo máximo de siete (7) días, la aceptación del Premio; una dirección de envío y una fotocopia de su DNI, pasaporte o cualquier otro documento identificativo equivalente u otra documentación necesaria para participar.
6.4. Si transcurrido el plazo de siete días arriba señalado no se recibiera respuesta por parte del Ganador, se entenderá́ que renuncia al Premio, perdiendo todo derecho al mismo. A continuación, se procederá́ a contactar con el suplente seleccionado. En cualquier caso, si no se puede contactar con el suplente, o por cualquier otra razón no se encontrase ganador, el Premio quedará desierto.
6.5. Asimismo, se comunicará a todos los participantes el nombre de los Ganadores en los perfiles oficiales de TEIKA en X e Instagram, por lo que el Ganador acepta que su nombres /usuario se publique en los mismos medios por los que se ha dado a conocer la Promoción con fines de transparencia.
6.6. Sólo se realizarán envío del Premio dentro del territorio de ESPAÑA. El envío será totalmente gratuito y no comportará ningún coste para el participante Ganador. El Premio se enviarán al domicilio que el Ganador indique a TEIKA en el momento de aceptar el Premio. Dicho domicilio deberá́ ser dentro del territorio de España.
6.7. La entrega del Premio al Ganador se realizará en el plazo máximo de un (1) mes desde la fecha en que el participante haya proporcionado los datos de contacto y TEIKA haya validado que son correctos. TEIKA se reserva el derecho a prolongar dicho plazo debido a complicaciones de entrega. No obstante, si efectuados dos (2) intentos de entrega del Premio al ganador en la dirección indicada, dicha entrega no se llega a realizar por causas imputables al ganador, este perderá́ todo derecho de recibir el Premio, así́ como de ejercitar cualquier reclamación relacionada. Sin menoscabo de otras posibles causas de falta de entrega que sean consideradas imputables al ganador, se considerarán causas imputables al participante el haber proporcionado a TEIKA unos datos de localización erróneos.
6.8. TEIKA no se responsabilizará de las posibles incidencias en la entrega o cualquier otra circunstancia imputable a terceros que afecte a los premios de esta Promoción.
VII. DISPOSICIONES GENERALES Y LIMITACION DE RESPONSABILIDAD
7.1. TEIKA se reserva el derecho de variar los Premios y/o características del mismo, si fuera necesario, por cualquier causa.
7.2. TEIKA hará todo lo posible por evitar el suministro de los datos o documentos incorrectos o falsos por parte del Ganador. Asimismo, TEIKA no se hará responsable de la veracidad de los datos o documentos que los participantes faciliten. Por consiguiente, si los datos o documentos facilitados no fueran correctos o tuvieran errores, TEIKA no se hará responsable de no poder contactar con el Ganador para gestionar con él la entrega del Premio y de todas las incidencias que pudieran derivarse de la incorrección o falsedad de los datos o documentos suministrados.
7.3. El plazo máximo establecido para cualquier tipo de reclamación referida y/o relacionada con la Promoción se extingue a los dos (2) meses desde la finalización de la Promoción, una vez finalizado dicho plazo, se perderá todo derecho a reclamación.
VIII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES LEGALES
8.1. La participación en la presente Promoción del usuario implica obligatoriamente la aceptación íntegra de las presentes bases y de las correspondientes condiciones particulares que se detallarán en la publicación en X e Instagram. TEIKA se reserva el derecho a variar estas bases si así lo exigieran las circunstancias y dirimir cuantas dudas pudieran surgir en lo no previsto en las mismas.
8.2. TEIKA se reserva también el derecho de anular, prorrogar, ampliar, recortar o modificar la Promoción si las circunstancias lo obligan, sin tener que justificar la decisión y sin que se le pueda reclamar ningún tipo de responsabilidad como consecuencia de ello, siempre que no perjudiquen los derechos adquiridos por los participantes.
8.3. Las Bases Legales permanecerán publicadas durante el Período Promocional en el link de la “bio”del perfil oficial de Teika en X.
IX. ELEMENTOS DE PUBLICIDAD
9.1. La Promoció no será comunicada en un post de la plataforma X y será reforzada en sucesivas publicaciones, (a través de varias Stories), del perfil oficial de Teika a través de Instagram, con el fin de fomentar su difusión.
9.2. Las BBLL permanecerán colgadas en el link de la bio de X.
X. PROTECCIÓN DE DATOS
10.1. TEIKA tratará los datos personales que los participantes nos proporcionen con el fin de gestionar correctamente la presente Promoción, identificación del Ganador, adjudicación y gestión de los Premios. TEIKA se encuentra legitimado para tratar los datos personales de los participantes con el fin de gestionar correctamente la participación de la presente Promoción.
10.2. En cualquier momento, los participantes tienen derecho a ejercer sus derechos de acceso, rectificación y supresión, limitación del tratamiento, portabilidad, oposición, mediante petición escrita a la siguiente dirección de correo electrónico; rgpd@teika.es.
10.3. En todo caso, para más información, todos los participantes podrán consultar la información adicional y detallada sobre la política de protección de datos en la página web www.teika.es.
XI. RÉGIMEN FISCAL
11.1. Los Premios objeto de la presente Promoción no se encuentran sujetos a retención ni a ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de acuerdo con el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, por ser su base de retención inferior a trescientos (300) euros.
XII. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD
12.1. TEIKA exonera expresa y completamente a X e Instagram de toda responsabilidad por parte de la actuación y contenidos que cada concursante o participante pueda subir a la red social.
12.2. La presente Promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a X e Instagram. En este sentido, los participantes exoneran a Instagram® de toda responsabilidad derivada de su participación en la Promoción.
XIII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
13.1.Las presentes Bases Legales se regirán e interpretarán de acuerdo con su propio contenido y por las leyes de España. En caso de divergencia entre los participantes en la Promoción y la interpretación de las presentes Bases Legales por TEIKA, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la Ciudad de Gandia (Valencia) (España), renunciando expresamente los participantes de esta Promoción a su propio fuero en caso de que lo tuvieren.